- La evaluación del aprendizaje del alumnado en los ciclos formativos se realizará por módulos profesionales.
- La superación de un ciclo formativo requerirá la evaluación positiva en todos los módulos que lo componen.
Los alumnos que superen las enseñanzas de formación profesional de grado medio recibirán el título de
Técnico de la correspondiente profesión.
El título de Técnico, en el caso del alumnado que haya cursado la formación profesional de grado medio, permitirá el acceso directo a todas las modalidades de Bachillerato.
El título de Técnico, en el caso del alumnado que haya cursado la formación profesional de grado medio, permitirá el acceso directo a todas las modalidades de Bachillerato.
Los alumnos que superen las enseñanzas de formación profesional de grado superior obtendrán el título
de Técnico Superior. El título de Técnico Superior permitirá el acceso a los estudios universitarios que determine el Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, e informe del Consejo de Coordinación Universitaria.
Aquellos alumnos que no superen en su totalidad las enseñanzas de cada uno de los ciclos formativos recibirán un certificado académico de los módulos superados que tendrá efectos de acreditación parcial acumulable de las competencias profesionales adquiridas en relación con el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.
LOE 2006, Capítulo V, Artículo 43 y 44
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